Los Derechos de la Mujer en el Islam
Submitted by admin on Wed, 2026-06-10 04:30Las exigencias de nuestra época hacen necesario examinar y pesar una vez más muchas cuestiones acerca de las que ya no es suficiente aceptar las viejas imposiciones. El sistema familiar, sus derechos y responsabilidades es una de esas cuestiones.
En esta época, por razones que se mencionarán más adelante, se ha supuesto comúnmente que las cuestiones básicas en esta área son la "liberación" de la mujer y su "igualdad" de derechos con el hombre. Todos los demás problemas derivan de estas dos cuestiones.
De todos modos, el principal problema concerniente a los derechos en el orden familiar, o al menos que está al mismo nivel de los problemas básicos, es decidir si el sistema familiar es independiente de otros sistemas sociales y si el mismo emplea una lógica y criterio especiales, distinto a los de otras instituciones sociales. O si no existe ninguna disparidad entre ésta y otras unidades sociales. ¿Son los mismos criterios, filosóficos y lógicos los que rigen a ésta y otras unidades, grupos o instituciones?
La causa principal de esta duda está, por un lado, en que las dos partes principales de esta unidad son de sexo distinto y, por otro lado, en la existencia de los hijos e hijas.
El proceso de la creación ha establecido a los miembros de este grupo o unidad con disposiciones disímiles y con distintas cualidades y temperamentos. La estructura social de la familia es semi-innata y semi-convencional, es decir, ocupa una posición intermedia entre una estructura social instintiva como la de las abejas y hormigas, en las que todos los comportamientos, razones y leyes están determinados por la naturaleza, y una estructura social basada en convencionalismos como la sociedad cívica humana, que tiene un menor componente "natural" o instintivo...













